Obligación de presentar modelo 345

Se traslada nota de aviso de la AEAT respecto al modelo 345:

El artículo 53 del RGAT establece la obligación de informar mediante la presentación de una declaración informativa anual acerca de las aportaciones a planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia y, concretamente, dispone que deberán presentar a la Administración tributaria esta declaración con el contenido que se indica, las siguientes personas o entidades:

  1. Las entidades gestoras de los fondos de pensiones, así como los promotores de los productos paneuropeos de pensiones individuales regulados en el Reglamento (UE) 2019/1238 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativo a un producto paneuropeo de pensiones individuales (PEPP)
  2. Los promotores de planes de pensiones que efectúen contribuciones a los mismos
    (...)

En aplicación de lo dispuesto en este artículo, mediante Orden HFP/823/2022, de 24 de agosto, se aprueba el modelo 345 (OM 345) Declaración Informativa. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes Individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes, aportaciones y contribuciones.

Tiene por objeto, de conformidad con su artículo 3, informar sobre partícipes, aportaciones y contribuciones a los Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos, Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Por lo que se refiere a Planes de pensiones:

  • Las entidades gestoras informarán de las aportaciones de los partícipes y de las contribuciones de los promotores, desglosando según las subclaves recogidas en el diseño de registro del modelo.
  • Los promotores informarán de las contribuciones que sean deducibles fiscalmente, así como de las aportaciones que realicen los empresarios individuales a planes de los que sean promotor y partícipe, que sean deducibles fiscalmente.

Se ha producido un cambio para esta campaña 2024 en el modelo 345, por el que (a diferencia del año pasado) las aportaciones a los planes de pensiones de empleo sectoriales y simplificados de trabajadores por cuenta propia o autónomos del artículo 67.1.a) y c) del TRLey de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones solo son informadas por las entidades gestoras.

El año pasado existía una subclave para que los promotores informaran de estas aportaciones, que se ha suprimido, manteniendo únicamente la obligación para las entidades gestoras. La información se puede consultar en el banner de la Campaña de informativas.

Novedades de la campaña modelo 345

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