Nota de aviso. Nombramiento Responsable del Sistema Interno de Información (RSII)

El plazo para comunicar el responsable del Sistema Interno de Información (RSII) a la Autoridad Independiente Estatal de Protección del Informante (AIPI) vence el próximo 10 de abril.

Te recordamos que es obligatoria la comunicación de la designación del responsable del Sistema Interno de Información, su cese o sustitución y cualquier modificación relevante del sistema, en los diez días hábiles siguientes al nombramiento o cese, especificando, en el caso de cese, las razones que han justificado.

¿Quién debe realizar la comunicación?

Todos los sujetos obligados a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, (art.10).

  • Regla General: umbral de empleados (Art. 10.1 a): Tienen la condición de sujetos obligados, las personas físicas o jurídicas que tengan contratados cincuenta (50) o más trabajadores
  • Regla Especial por actividad (Art. 10.1 b): obliga a las personas jurídicas del sector privado que desarrollen actividades incluidas en el ámbito de la Directiva (UE) 2019/1937, lo que incluye expresamente la prevención del blanqueo de capitales. Esto es, todas las personas jurídicas que se dediquen a la asesoría fiscal, auditoría, asesoramiento financiero etc están obligadas con independencia del número de trabajadores
  • En consecuencia, los asesores que operen como persona física (autónomo o empresario individual) no están obligados a implantar el SII, a menos que alcancen el umbral de 50 o más trabajadores.

En el caso de entidades que tienen sus establecimientos en una única Comunidad Autónoma que han asumido las competencias que les atribuye la Ley 2/2023 para crear su propia Autoridad Competente, las comunicaciones se dirigirán ante estas Autoridades Autonómicas Independientes, siendo la notificación ante la AIPI voluntaria, sin perjuicio de lo que establezca la normativa autonómica aplicable, tal como se indica en la Guía 1/2026 de la AIPI (ANEXO: Comunidades Autónomas que han asumido, en todo o en parte, las competencias que les atribuye la Ley 2/2023).

Cómo realizar la comunicación:

Mediante la cl@ve de acceso o la firma electrónica de la entidad.

Pasos:

  1. Entrar en el enlace del formulario de la AIPI, pinchando aquí
  2. Completar los datos de la entidad y del RSII
  3. Adjuntar la documentación que se indique
       Se adjunta una propuesta de certificado del acta del órgano de gobierno en la que se nombra/cesa al RSII, por si fuera de utilidad
  4. Enviar y conservar el justificante de presentación

Para más información en relación con este nombramiento, material de apoyo y normativa aplicable, pincha aquí

NOTAS ACLARATORIAS:

  • Todas las entidades personas jurídicas mencionadas anteriormente en el Art. 10 de la Ley deberán tener establecido un Sistema Interno de Información
  • El plazo que finaliza el 10 de abril es para comunicar los nombramientos realizados antes del 10 de febrero, porque no estaba habilitado el procedimiento en la sede electrónica de la AIPI
  • Los nombramientos, ceses o modificaciones posteriores al 10 de febrero tienen un plazo de 10 dias hábiles para comunicarse. En este caso si no se ha comunicado, sería conveniente hacerlo lo antes posible, indicando la fecha de nombramiento posterior al 10 de febrero

Localización

C/ Quintana 11 B, 2ª Planta - 33009, Oviedo

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Contacto

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