10 abril
Presentación Panorama de la Fiscalidad Autonómica de Asturias 2026

El Colegio de Economistas de Asturias analiza la evolución de la fiscalidad autonómica. “Más deducciones, pero sin alivio real”

  • Asturias mantiene su “vía fiscal”: deducciones limitadas sin compensar la falta de deflactación", indicó el decano del Colegio de Economistas, Abel Fernández
  • Asturias sigue siendo la comunidad autónoma con el impuesto de Sucesiones más alto de España
  • El Colegio de Economistas de Asturias y el Registro de Economistas de Asesores Fiscales presentan la XXV edición del Estudio de Panorama de la Fiscalidad Autonómica

(Oviedo. 10 de abril de 2026). - El Colegio Profesional de Economistas de Asturias ha presentado el estudio Panorama de la Fiscalidad Autonómica, poniendo el foco en la realidad regional asturiana, que está elaborado por el Registro de Economistas de Asesores Fiscales (REAF) del Consejo de Economistas de España y celebra su XXV edición.

El objetivo de este estudio es hacer comprensible la compleja fiscalidad autonómica, en el que se recapitula sobre los impuestos, beneficios fiscales y recaudación, arrojando datos objetivos sin sesgo, en cuanto a la situación de la fiscalidad. También se analizan las principales novedades aprobadas para este año.

El análisis fue realizado por el decano del Colegio de Economistas, Abel Fernández, por el presidente del REAF del CGE, Agustín Santiago Fernández, y por el profesor de Hacienda Pública y Sistema Fiscal Español de la Universidad de Oviedo, Santiago Álvarez, miembro a su vez del Colegio de Economistas.

La principal novedad tiene que ver con la reforma del IRPF, en el que se han introducido medidas relacionadas con su estructura y orientadas a una mayor progresividad fiscal. Para las rentas más bajas, se ha reducido el tipo mínimo del 10% al 9%. Para rentas más altas, a partir de los 33.000 €, se incrementa el tipo aplicable hasta el 19,20% (ante 18,5%). También se eleva el máximo marginal de la tarifa a 26% (antes estaba en 25,5%).  

También respecto al IRPF, se incrementan los mínimos personales y familiares hasta el 10%. A su vez, se han modificado las deducciones por inversión de vivienda habitual con consideración de protegida, alcanzando un importe máximo de 100 €, se ha establecido una cuantía única para cuidado de descendientes por 600 € y se ha introducido una deducción de 100 € por los gastos asociados a la enfermedad celíaca por cada miembro de la unidad familiar diagnosticado con la citada enfermedad.

Con relación al Impuesto de Sucesiones, la principal novedad viene respecto a la adquisición de una empresa individual, negocio profesional o participaciones: en el caso de que no existan descendientes o adoptado del causante, los adquirientes de hasta 4º grado de parentesco podrán aplicar una reducción de 99 €. En este supuesto, el plazo de mantenimiento de la adquisición será de 10 años.

Otro de los principales cambios tiene que ver con el Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales Onerosas, para hacer frente a la especulación inmobiliaria, orientado a las viviendas de uso turístico y a los grandes tenedores. A este respecto, se introduce un tipo del 20% para la trasmisión de vivienda a grandes tenedores o trasmisión de edificios enteros de viviendas cuyo destino va a ser el de vivienda de uso turístico.

A su vez, también se ha mejorado el tipo de gravamen a la adquisición de vivienda habitual en zonas rurales en concejos en riesgo de despoblamiento (incluyendo crisis demográfica) y se ha derogado el tipo de gravamen relacionado con la segunda o ulterior trasmisión de una vivienda a una empresa (Plan General de Contabilidad al sector inmobiliario).

En definitiva, la regulación de los beneficios fiscales en Asturias sigue siendo muy profusa: 76 en total, de los cuales 34 corresponden al IRPF, 2 al Impuesto sobre el Patrimonio, 16 en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y 24 en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Haciendo comparativa con otras comunidades autónomas, respecto a la tarifa del IRPF, para rentas bajas, Asturias se encuentra en un punto intermedio, mientras que para rentas altas es el tercero más alto -junto a Canarias-, solo superado por La Rioja (27%) y C. Valenciana (29,50%).

Respecto al Impuesto sobre el Patrimonio, Asturias tiene fijado el mínimo igual que el Estado en 700.000 € y el tramo último (3%) es inferior al de la norma estatal (3,5%). Esta situación genera que los patrimonios altos también tengan que afrontar un pago por el Impuesto a las grandes fortunas. No obstante, existe una bonificación del 99% para bienes y derechos que formen parte del patrimonio protegido del contribuyente.

En relación con el Impuesto de Sucesiones, Asturias sigue siendo la comunidad donde más pagan los herederos, ya que, aunque existen reducciones, éstas se aplican solo hasta 300.000 €. En la modalidad de Donaciones también está en el ranking de las comunidades donde más se paga este impuesto. En cuanto a la empresa familiar sigue la senda del resto de comunidades con bonificaciones.

Respecto al Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, los economistas destacan que existen muchas deducciones y tipos de reducciones según el contribuyente.

La presentación se inició con el presidente del REAF, que hizo una valoración de la situación nacional, en la que expresó su malestar por la utilización recurrente de los reales decretos-ley en materia tributaria. “A mi juicio, esta práctica genera incertidumbre e inseguridad jurídica y dificulta la planificación a corto y medio plazo tanto para las empresas como para los ciudadanos en general”. Asimismo, señaló que "no resulta aceptable que normas no convalidadas por las Cortes acaben aplicándose mediante interpretaciones de la Administración tributaria; es decir, lo que no recibe respaldo parlamentario termina introduciéndose en el sistema tributario a través de notas publicadas en la página web de la Agencia Tributaria."

A continuación, el decano del Colegio de Economistas detalló la situación asturiana: “el Principado mantiene su “vía fiscal”, múltiples deducciones de reducido alcance, útiles en muy determinados supuestos, que no compensan la ausencia de una deflactación que en otras comunidades se ha aplicado en ejercicios anteriores

Finalmente, Santiago Álvarez, comentó que, “estamos pagando un sobreimpuesto muy elevado por la no adaptación de la tarifa de tipos impositivos a nivel estatal y autonómico”.

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