Colegio de Economistas
Lunes 20 de Marzo de 2023

Colegio de Economistas de Asturias 

Nuestra actividad

3 de julio de 2018 Reunión con Mar García Salgado directora general de Finanzas y Economía

Reunión con Mar García Salgado directora general de Finanzas y Economía

 
Asistentes por la Consejería:
  • Mar García Salgado, directora general de Finanzas y Economía.
  • Carlos Franco García, director general del Ente de Servicios Tributarios.

Asistentes por el CEA:
  • Miguel de la Fuente, decano
  • Ana Valverde, presidenta de la Comisión de Fiscal del Colegio.
  • Ana Saráchaga, directora general adjunta.

Punto de partida:

Firma en junio 2015 de convenio de colaboración entre el Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias y el Colegio de Economistas de Asturias, en materia de presentación y pago telemático de declaraciones-liquidaciones tributarias en representación de terceros en lo que respecta a los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones.

Solicitud de mejoras en el funcionamiento de este convenio:

A continuación se describen brevemente los puntos de mejora trasladados y las respuestas/sugerencias por parte de la Administración:

  • Se solicita que los modelos relativos a una misma liquidación (y sus detalles, anexos o añadidos, una vez presentados telemáticamente) puedan contar con una huella digital impresa en los mismos, código seguro de verificación o similar y fecha de presentación que permita justificar ante terceros, no sólo su impresión, sino su presentación ante la administración. Se fundamenta sobre todo en la necesidad de justificación ante entidades financieras.

En este punto nos indican que la presentación telemática, tal y como está configurada, facilita al usuario un documento acreditativo de la presentación.  Este documento debe ser suficiente justificación para las entidades financieras.  Nos indican que si algún colegiado tiene alguna incidencia en este sentido el procedimiento a seguir es comunicarlo al Colegio, concretando entidad y sucursal, para que éste se lo traslade a D. Carlos Franco que se encargará de que desde el Ente de Servicios Tributarios contacten con la dirección de la correspondiente entidad para resolver el tema.

  • Que el programa informático permita adjuntar la remisión de documentación anexa al expediente principal, con la correspondiente huella digital de lo presentado y su justificante.

En relación con esta cuestión nos manifiestan que como los documentos a facilitar suelen tener un volumen elevado lo más práctico sería habilitar un sistema de transmisión de información pesada entre el Colegio y el Ente de Servicios Tributarios.  Este sistema conllevaría una previa verificación de la información a remitir desde el Colegio.  Han quedado en profundizar en vías de solución y trasladárnoslas.

  • Respecto al cargo en cuenta o domiciliación, poder presentarse todo telemáticamente, por el procedimiento que pudiera corresponder en el convenio, autorizando al cargo en cuenta de terceros o a su domiciliación, abriendo la pasarela de pago pertinente.

Se analizará desde el Ente de Servicios Tributarios la posibilidad de domiciliar el pago del Impuesto e incluso la posibilidad del cargo en cuenta del obligado tributario.  Pasado el periodo estival nos trasladarán las posibilidades existentes en relación con esta cuestión.

  • Que en algunos casos desde el Principado se está exigiendo acreditar la representación del obligado tributario a través de escritura pública de apoderamiento o bien mediante poder apud acta, personándose el interesado físicamente en las dependencias del departamento correspondiente.
Desde el Colegio se solicita que se admita por parte del Principado la representación privada o bien se estudie la posibilidad de articular un Convenio General de Representación para todo tipo de actuaciones y representación en trámites telemáticos, tal como tenemos con otras administraciones (por ejemplo, AEAT) en los que se presupone dicha representación (sujeta a la potestad de la Administración de control o comprobación de dicha representación, en caso necesario).

En relación con este tema, D. Carlos Franco nos manifiesta que en materia de Sucesiones el presentador del documento o de la declaración tributaria tiene, por el solo hecho de la presentación, el carácter de mandatario de los obligados al pago del Impuesto y que, en consecuencia no es necesario acreditar la representación.
Nos indica que si se producen más situaciones de esta índole se lo traslademos desde el Colegio para evitar que se exija la representación en la forma descrita.

Finalmente, nos indican que les sería muy útil recibir sugerencias de mejora para poder modificar el programa ASPA de cumplimentación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Les indicamos que desde el Colegio pondremos en marcha un canal específico para trasladar esas sugerencias al Ente Público.

Por lo que, con el fin de canalizarlas a la Dirección General, solicitamos a los colegiados interesados que elevéis todas aquellas sugerencias de mejora respecto al programa ASPA o cualquier otra relacionada con este tema que consideréis a través de correo_arroba_colegioeconomistas.com, indicando en el asunto: "Sugerencia de mejora convenio Ente Servicios Tributarios _ nombre apellidos".
 

<< volver

  • Nuestro perfil en:
    • facebook
    • linkedin
    • youtube
    • instagram
  • Compartir en:
    • digg
    • del.icio.us
    • facebook
    • twitter
    • linkedin
    • google bookmarks